UN INFIERNO LLAMADO
ARIS INDUSTRIAL S.A.
Las maldades de los hermanos Javier y Enrique Barrios Teixidor
1)
La empresa ARIS INDUSTRIAL
S.A. es una empresa textil de propiedad de los hermanos Javier y Enrique Barrios Teixidor; es proveedora del Estado
(Ministerios, Congreso de la República, Policía Nacional y Hospitales);
fabricante de la afamada tela de vestir Barrington;
exporta sus productos a Brasil, Bolivia, Ecuador, Argentina y Chile
2)
Cansados de los bajos
salarios y hartos de los abusos el 08 de octubre del año 2008 los trabajadores
(25) constituyeron su organización sindical; al día siguiente el Jefe de
Recursos Humanos Ricardo Condori amenaza
con despedir a los dirigentes si no desintegran el sindicato, la cual no fue
aceptado por los sindicalistas. La empresa en represalia despide a cuatro
dirigentes y cinco afiliados; el sindicato reacciona legalmente con una Acción
de Amparo solicitando la reposición
mediante una Medida Cautelar, situación que obliga a la empresa a
reincorporar a los obreros cesados. A pesar de ello la hostilización patronal
no cesa.
3)
El año 2008 se presenta el
Pliego de Reclamos que al no tener una solución justa hace inevitable la huelga
general indefinida de 24 días que culminó con un incremento salarial del 8%.
Cabe precisar que a pesar de la suscripción de un Acta de Paz Laboral la
empresa suspende a seis compañeros sindicalizados por acatar la paralización.
4)
Otra actitud discriminatoria
de la empresa es la negativa a conceder los 45 minutos para el refrigerio a los
trabajadores sindicalizados del turno de amanecida, de tal manera que mientras
el personal no sindicalizado sale a las 07:00 am. los afiliados lo hacen a las
07:44 am. Hay que agregar que el Ministerio de Trabajo verificó las faltas
graves de la empresa sancionándoles con las multas correspondientes que luego
fueron declaradas nulas por las instancias superiores.
5)
En respuesta la organización
sindical inicia una demanda por cese de hostilizaciones además de impugnar el antisindical
Reglamento Interno de Trabajo en la vía judicial. En esta etapa la empresa reinicia su ofensiva amonestando,
suspendiendo y despidiendo trabajadores sin motivo alguno. Ante estos abusos el
sindicato nuevamente cursa cartas notariales al Gerente General y al Jefe de
Recursos Humanos conminándoles al cese de las hostilizaciones contra los
trabajadores afiliados al sindicato; a pesar de ello el 2010 la empresa despide
a los sindicalistas Jara Carranza Fidencio, Romero Moreno Cesario y Víctor
Bedia Orozco, Secretario de Organización, por no haber renunciado al sindicato
mientras la trabajadora Maybe Atanacio Aguirre es víctima de un despido arbitrario
acusándola de supuesto robo.
6)
En Asamblea General del 16
de Mayo del 2009 el sindicato evalúa estos atropellos y la no solución del
Pliego de Reclamos acordándose ejecutar una huelga indefinida de veinte días
lográndose un aumento de apenas el 1 %; como si fuera poco la empresa endurece
su arremetida antisindical: el 15 de Julio del 2010 formula denuncia penal por
Falsedad Genérica contra 38 trabajadores sindicalizados incluyendo a la Junta
Directiva; asimismo denuncia a los tres principales dirigentes (Secretario
General, Secretario de Defensa, y Secretario de Organización) por el delito de
Falsa Declaración en Procedimientos Administrativos y Fraude Procesal. Con
fecha 10 de Noviembre del 2010 el Fiscal de la 38° Fiscalía Provincial Penal
formuló denuncia penal contra los 13 dirigentes sindicales y absuelve a los
trabajadores afiliados.
7)
En su reiterado intento por
descabezar y destruir al sindicato ARIS INDUSTRIAL S.A, despide a los doce
dirigentes con fecha 17/08/2010 argumentando que habían formulado falsa
Declaración Jurada para la realización de la huelga, el 2 de septiembre son
despedidos dos compañeros más por haber participado en la Asamblea que aprobó
la huelga. La empresa sigue con sus atropellos y cursan carta notarial a los
afiliados amenazándolos con despedirlos después que culmine la denuncia penal.
8)
El 30 de Agosto del 2010 el
Sindicato convoca a una Asamblea General Extraordinaria para nombrar la nueva
Junta Directiva ante el despido de la totalidad de dirigentes, en esta asamblea
se nombra la nueva Junta Directiva provisional y son ratificados en la Asamblea
General realizada el 26 de Setiembre del 2010. Posteriormente, en un nuevo
hecho que pinta de cuerpo entero al Jefe de Recursos Humanos éste saca en hora
de trabajo a diez sindicalistas y bajo amenazas son conducidos en las
camionetas de la empresa a una Notaría con la finalidad de atemorizarlos para
que rindan supuestas declaraciones.
9)
El Sindicato con fecha 20 de
enero y 23 de febrero del 2011 envía cartas notariales al Director Ejecutivo de
la empresa instándole a abstenerse de hostilizar a los afiliados y dirigentes;
sin embargo, ARIS INDUSTRIAL S.A. persiste con su política antisindical al
despedir a tres nuevos afiliados imputándoles causales inexistentes.
10)
El sindicato ante la inoperancia
del Ministerio de Trabajo y la constante hostilización acordó realizar una
paralización los días 30 y 31 de mayo del 2011, tras lo cual la empresa
reacciona despidiendo al Secretario de Disciplina Espinoza Ostos Jubet además
de enviar carta notarial a los dirigentes Aranda Chirinos, Eduardo y Bermilla
Vásquez, Oscar amenazándolos por
supuestas afirmaciones tendenciosas y faltamiento de palabra en agravio del
empleador.
11)
El Sindicato presenta su Pliego de Reclamos
2011 y luego de estar en trato directo, conciliación y extra proceso ante el
Ministerio de Trabajo se llega al acuerdo de un incremento del 1% del salario
lo cual es una burla de parte de la patronal. En el año 2012 la empresa sigue
con su represalia contra los trabajadores afiliados al sindicato y despide al
SubSecretario General Fernando Tolentino Felipe y al afiliado Hugo Mendoza
Alca; por otro lado, el acoso y la hostilización se vuelven más persistentes y
se hacen sendas inspecciones ante el Ministerio de Trabajo por parte del
Sindicato con resultados negativos. En el mes de marzo se envía carta notarial
al Director Ejecutivo Javier Barrios Teixidor formulando reclamos y quejas
contra el Jefe de Recursos Humanos Ricardo Condori Fernández y del Gerente de
Producción Herbert Rodríguez Pantigoso el cual no es valorado por dicho
funcionario.
12)
El Jefe de Tejeduría el
ciudadano Italiano Enrico Marcolin comienza a suspender a los trabajadores
afiliados y empieza a insultarlos de manera soez y grotesca mellando la
dignidad del trabajador; de igual modo
actúa el Jefe de Acabado de nacionalidad Colombiana Oscar Ospina Garzón;
ambos cumplen ordene del Gerente de Producción antes mencionado con la
finalidad de poder buscar pruebas para despedirlos.
13)
Nuevamente el Jefe de
Recursos Humanos Ricardo Condori Fernández lleva a su oficina a los
trabajadores afiliados Fernando Manrique Cabrel y Víctor Rodríguez Muguerza
aduciendo que se encontraban ebrios, sin embargo tras los exámenes respectivos
el resultado fue negativo. Para colmo el compañero Inga Yovera es despedido
injustamente con pruebas inventadas por el Jefe de Tejeduría y se hace más
insostenible el acoso contra los trabajadores afiliados.
14)
El Pliego de Reclamos del periodo
2012 después de reuniones sin llegar a ningún acuerdo se acordó llevarlo al Arbitraje
y ante la eminente actitud parcializada del Presidente del Tribunal se optó por
solicitar una demanda mediante Acción de Amparo. El Jefe de Recursos continúa
con sus ataques y despide al afiliado Víctor Rodríguez Muguerza y a los
dirigentes Ramón Altamirano Llaccua Secretario de Disciplina y al Secretario de
Asistenta Social Oscar Bemilla Vásquez.
15)
Luego de varios años de
justa lucha legal el Poder Judicial ordenó la Diligencia de Reposición con
fecha 27 de Setiembre del 2013 del compañero, Víctor Vélez Vera; la empresa con
diversas argucias frustró la reposición, lo que demuestra una abierta
resistencia y desobediencia ante un mandato Judicial. Sucede lo mismo con el
compañero Víctor Bedia Orozco al que también se opone a reincorporarlo a su centro
de labores.
Finalmente, en la actualidad de 54 afiliados quedan
laborando 29, es decir 25 dirigentes y trabajadores se encuentran en proceso de
reposición, sin embargo la empresa se resiste a acatar la orden judicial de
reposición.