TRABAJADORES TEXTILES PARALIZARON SUS
LABORES Y SE MOVILIZARON
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Los trabajadores textiles y confecciones
del Perú organizados en la FNTTP participaron activamente en el Paro Nacional Sindical
Popular del jueves 26 de septiembre convocado por la Confederación General de
Trabajadores del Perú (CGTP).Esta nueva jornada de lucha de los trabajadores y
el pueblo fue en respuesta al incumplimiento de las promesas electorales del
presidente O. Humala y contra la ofensiva anti laboral del gobierno.
Desde tempranas horas los/as
trabajadores/as del sector liderados por los sindicalistas de Hilandería de
Algodón Peruano S.A. Topy Top S.A. FILASUR S.A. SUR COLOR, se concentraron en
sus centros de trabajo para expresar su exigir la derogatoria del régimen
laboral de exportación y para demandar el cese inmediato de los múltiples
abusos patronales así como el freno a los despidos como el perpetrado hace
algunos días en TOPY TOP.
Al promediar el mediodía aproximadamente
medio millar de obreros/as de fábricas textiles como Tex Pop, Hialpesa, Romosa,
Filasur, Topy Top, Robrisa, etc. portando pancartas y banderolas alusivas a sus
justos reclamos se concentraron en la Plaza Dos de Mayo para participar en la
movilización de la CGTP hacia Palacio de
Gobierno.
Según declaraciones a la prensa local
del Secretario General de la FNTTP Máximo Gutiérrez Huamaní la masiva y
combativa concurrencia de los trabajadores textiles y confecciones en esta
jornada nacional de lucha de los sindicalistas peruanos se explica por el
repudio que genera entre los/as obreros/as la permanencia del abusivo régimen
laboral de exportación que no solo legitima el trabajo precario al sino que se
ha convertido en un instrumento legal en favor de las grandes empresas.
Finalmente, la FNTTP anunció que, como
parte de su Plan de Lucha, se aprestan a realizar diversas gestiones y
actividades a fin de derrotar la ofensiva antisindical del gobierno y las
grandes empresas del sector además de lograr la aprobación en la Comisión de
Trabajo del Congreso del dictamen derogatorio del régimen laboral de
exportación consagrado en el artículo 32 del DL 22342, Ley de Exportación No
Tradicional.